En ese sentido, los beneficios se considerarán “parte integrante del salario respectivo en forma total o parcial, en la forma, plazo y condiciones que se determinen para cada sector de actividad”, dice el decreto, que se publicará en las próximas horas en el Boletín Oficial.
Uno de los objetivos principales del Gobierno nacional es que los distintos programas de empleo, inclusión laboral y desarrollo socio-productivos destinados a personas desempleadas o con trabajos precarizados “se transformen en mecanismos que incentiven la incorporación de estos trabajadores al empleo asalariado registrado o a otros modos de desarrollo de actividad productiva ajustados a las formalidades tanto registrales como tributarias”, indica el escrito.
Para cumplir este objetivo se requerirán modificaciones en el Programa de Inclusión Socio-Productiva y Desarrollo local “Potenciar Trabajo” y del Programa de Inserción Laboral creado por el Ministerio de Trabajo.
El Decreto, de ocho artículos, dispone a los Ministerios de Desarrollo Social y de Trabajo a realizar modificaciones en sus programas de formación, empleo e intermediación laboral, “con el objetivo de convertir las diferentes prestaciones de asistencia a personas desempleadas o con trabajos precarizados en incentivos para la contratación de sus beneficiarios y beneficiarias bajo la forma de empleo asalariado registrado en el sector privado”.
