En marzo de 2023 se dispuso que el Certificado Único de Discapacidad (CUD) dejaría de tener vencimiento, implementándose esta modalidad en etapas. Ahora, con la Resolución 1654/2024 publicada en el Boletín Oficial, se establecen los criterios a considerar para la emisión del documento sin vencimiento.
Según los considerandos de la norma, "el CUD se expedirá sin un plazo temporal determinado, estableciéndose instancias de actualización a lo largo de la vida de la persona con discapacidad, manteniendo plena vigencia y validez siempre que los criterios certificantes se mantengan".
La directora del área, Daniela Bustamante, destacó: “El beneficio es que, al momento de actualizar, no será necesario presentar todos los requisitos y estudios médicos solicitados inicialmente. Sin embargo, la actualización implica un tiempo prudencial y se considera la etapa evolutiva. Cuando certificamos de 0 a 100 años, tenemos en cuenta la franja etaria. Sabemos que, de 0 a 6 años, la discapacidad es una situación, no una condición ni característica inherente a la persona”.
Además, señaló: “Más allá de acreditar la discapacidad, el objetivo de la junta interdisciplinaria es determinar qué tipo de prestación corresponde a cada persona, ya sea intelectual, visual, visceral o motora, para poder superar las barreras sociales que enfrentamos”.
Finalmente, Bustamante explicó: “Hay muchas personas preocupadas y ansiosas por la próxima expiración de su certificado. Quiero transmitir tranquilidad: las vamos a acompañar y resolveremos todas las dudas. Es importante aclarar que el término ‘actualización’ no significa que no tendrán que renovarlo; deberán realizar un trámite sencillo para actualizar el certificado”.
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